Cambian los requisitos de la Pensión por Discapacidad: lo que tenés que saber

Si cobrás o pensás pedir la Pensión no Contributiva por Discapacidad, esto te interesa. El Gobierno actualizó las condiciones para acceder y mantener este beneficio, y es clave que conozcas los nuevos puntos para evitar suspensiones o problemas con el pago.

Con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, se establecieron nuevas reglas para esta prestación que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social.

La pensión equivale al 70% de la jubilación mínima, y por ahora no cambia el monto, pero sí las condiciones para acceder y seguir cobrando.

Según el Decreto 84/2026, para solicitarla ahora tenés que cumplir con estos requisitos:

  • Tener una discapacidad que limite de manera permanente tu capacidad para trabajar.
  • Contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
  • No cobrar otra jubilación, pensión o beneficio previsional.
  • Superar una evaluación socioeconómica.
  • No tener ingresos mayores a dos salarios mínimos. En febrero de 2026, ese tope es de $693.600.

Un punto importante: ya no se exige el antiguo porcentaje del 66% de invalidez laboral como condición formal. Ahora el eje está puesto en la limitación permanente acreditada con el CUD.

¿Qué pasa si ya tenías una pensión por invalidez?

Si ya cobrabas una pensión no contributiva por invalidez antes de la nueva ley, vas a pasar automáticamente al nuevo régimen.

Eso sí: el Estado va a verificar que cumplas con los requisitos actualizados. Por eso es importante que tengas tu documentación en regla y tu situación declarada correctamente.

Obligaciones de quienes cobran la pensión por discapacidad

No alcanza solo con cumplir los requisitos iniciales. Si sos titular del beneficio (o apoderado), también tenés que:

  • Presentar declaraciones juradas o informes cuando te los pidan.
  • Avisar dentro de los 15 días hábiles cualquier cambio en tu salud, ingresos o domicilio.
  • Presentarte a auditorías o controles si sos convocado.

Si no cumplís con estas obligaciones, pueden suspenderte el pago. Antes de hacerlo, te tienen que dar la posibilidad de defenderte o aclarar la situación.

Motivos por los que pueden suspender la pensión

La prestación puede suspenderse si ocurre alguna de estas situaciones:

  • No cumplir con las obligaciones mencionadas.
  • No presentarte a una citación oficial.
  • Cobrar el beneficio sin corresponder.
  • Tener datos personales desactualizados que impidan notificaciones.

Por eso es fundamental mantener tu información al día.

Cuándo pueden dar de baja definitivamente la pensión

La caducidad (es decir, la baja definitiva) puede darse por:

  • Fallecimiento del titular.
  • Renuncia voluntaria o salida permanente del país.
  • Incompatibilidad con otra prestación.
  • Condena penal mayor a tres años.
  • No cobrar la pensión durante tres meses seguidos.

¿Se puede recuperar el beneficio si lo suspenden?

Sí. Si te suspenden o dan de baja la pensión, podés pedir la rehabilitación. Para eso vas a tener que volver a demostrar que cumplís con todos los requisitos.

Si se comprueba que la suspensión fue incorrecta, el organismo debe pagarte lo que no cobraste de manera retroactiva.

Resumen: Cambian los requisitos de la Pensión por Discapacidad

La Pensión no Contributiva por Discapacidad sigue vigente y mantiene su monto, pero ahora tiene condiciones más claras y controles más estrictos. Si ya la cobrás o pensás tramitarla, es fundamental que revises que cumplís con todos los requisitos y que mantengas tu situación actualizada.

Un simple dato sin informar puede generarte una suspensión. En cambio, si estás atento y en regla, podés seguir cobrando el beneficio sin inconvenientes.

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