La jubilación para trabajadores con discapacidad es un régimen especial que permite acceder a la jubilación anticipada a aquellas personas con disminución física, ceguera o incapacidad laboral, antes de cumplir la edad ordinaria establecida. Existen tres modalidades principales:
- Jubilación para trabajadores minusválidos
- Jubilación para trabajadores con ceguera
- Retiro por invalidez
Cada una de estas modalidades tiene requisitos específicos, documentación obligatoria y formas de trámite particulares.
Jubilación para trabajadores minusválidos
Está destinada a personas con discapacidad física, con incapacidad laboral superior al 33%.
A quiénes les corresponde
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores autónomos.
Requisitos
- Edad: 45 años para trabajadores en relación de dependencia, 50 años para autónomos.
- Servicios: mínimo 20 años de aportes, acreditando que durante los últimos 10 años anteriores a la solicitud trabajaron en estado de disminución física.
Documentación
- DNI.
- Formulario PS 6.284 (“Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestación no adherida al SIPA o en FF.AA.”).
- Trabajadores autónomos: formularios 558/A – 558/B – 558/C de ARCA.
- Trabajadores en relación de dependencia: formularios PS 6.2, PS 6.1, PS 5.7, más certificaciones de servicios o recibos de sueldo, constancia de obra social o DDJJ testimonial (PS 6.8) si no hay certificación de servicios.
Trámite
Se realiza de forma presencial con turno previo, presentando toda la documentación requerida.
Jubilación para trabajadores con ceguera
Destinada a personas con ceguera congénita o adquirida.
A quiénes les corresponde
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores autónomos.
Requisitos
- Ceguera congénita: 20 años de aportes o 45 años de edad (no se requieren ambos).
- Ceguera adquirida: evidencia de ceguera en los últimos 5 años anteriores al cese laboral o prolongada por 2 años, con 45 años de edad o 20 años de aportes.
Documentación
- DNI.
- Formulario PS 6.284.
- Trabajadores autónomos: formularios 558/A – 558/B – 558/C de ARCA.
- Trabajadores en relación de dependencia: formularios PS 6.2, PS 6.1, PS 5.7, y documentos adicionales como recibos de sueldo, constancia de afiliación a obras sociales/gremios, o PS 6.8 si no hay certificación de servicios.
Trámite
Se realiza presencial con turno previo.
Retiro por invalidez
Destinado a personas con incapacidad laboral superior al 66%, que no alcanzaron la edad para la jubilación ordinaria.
A quiénes les corresponde
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores autónomos.
- Monotributistas sociales.
Requisitos
- Incapacidad laboral del 66% o más, determinada por junta médica.
- No haber alcanzado la edad y los años de aportes de la jubilación ordinaria.
- Condición de aportante regular o irregular con derecho.
- Incompatibilidad con actividades en relación de dependencia.
Documentación
- DNI.
- Formulario PS 6.284.
- Estudios, diagnósticos y certificados médicos originales.
- Nómina de médicos que asistieron al solicitante.
- Dictamen de incapacidad por accidente laboral (si corresponde).
Trámite
Por Atención Virtual:
- Actualizar datos personales en Mi ANSES.
- Obtener Clave de la Seguridad Social.
- Reunir documentación e ingresar en Atención Virtual, seleccionar Retiro por Invalidez y seguir los pasos.
En oficina:
- Presencial, con turno previo, llevando toda la documentación solicitada.
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